REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

DEMANDANTE: CARMEN MAGALY HERNÁNDEZ
DEMANDADO: CARMEN JUSTINA COITA DE RUÍZ
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
EXPEDIENTE N°: 12.825.

Maracay, 18 de Marzo de 2008.-
197° y 149°
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y por cuanto del estudio del mismo se observa que las partes involucradas en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por CARMEN MAGALY HERNÁNDEZ, contra la Ciudadana CARMEN JUSTINA COITA DE RUÍZ, están domiciliadas en el Municipio San Casimiro del Estado Aragua, este Tribunal se declara INCOMPETENTE, para conocer del presente juicio, en virtud de la Competencia Territorial, todo de conformidad con la Resolución 486, de fecha 4 de Julio de 1.990, del Extinto Consejo de La Judicatura, en consecuencia remítase con oficio el expediente en original al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, y Mercantil del Estado Aragua, a lo fines de su distribución.- Líbrese oficio.-
EL JUEZ TITULAR,

ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO,

ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ
RCP/AH/nmh.-
EXP. N° 12.825.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
El Secretario,