REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ANGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
CAGUA
Cagua, Catorce (14) de Marzo de Dos Mil Ocho (2.008).
196º y 147º

EXPEDIENTE: 3876-08.-
PARTE ACTORA: ELIA TOVAR DE FAJARDO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cedula de Identidad N° V-1.893.918 y de este domicilio.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: PABLO MAURO VASQUEZ MIJARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.533.-
PARTE DEMANDADA: SAMUEL CLEMENTE MANUITT ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-25.208.477 y de este domicilio.-
MOTIVO: DESALOJO.-

Se dio inicio al presente juicio por libelo de demanda presentado por el Abg. PABLO MAURO VASQUEZ MIJARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.533, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana ELIA TOVAR DE FAJARDO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cedula de Identidad N° V-1.893.918 y de este domicilio, mediante la cual demandó al ciudadano SAMUEL CLEMENTE MANUITT ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-25.208.477 y de este domicilio; fue admitida por este Tribunal en fecha 10 de Marzo de 2.008 y se ordenó el emplazamiento del demandado, ciudadano Samuel Clemente Manuitt Álvarez, para que compareciera dentro del lapso de Ley a dar contestación a la demanda, librándose la boleta respectiva. Así


mismo se fijó el tercer día de despacho para que las partes comparecieran ante este Juzgado, de conformidad con el articulo 257 del Codigo de Procedimiento Civil.-
En fecha 11 de Marzo de 2.008, comparecieron, por una parte, el Abg. Pablo Mauro Vásquez Mijares, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.533, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, y por la otra, el ciudadano Samuel Clemente Manuitt Álvarez, actuando en su carácter de demandada, debidamente asistido por la Abg. Lina Camacho, Inpreabogado N° 120.034, y presentaron escrito de convenimiento en el presente juicio; solicitando ambas partes se imparta su homologación en los mismos términos expuestos.-