En el día hábil de hoy lunes, en la fecha arriba señalada, siendo las 10:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos supra identificados. La ciudadana Juez declaró abierto el acto y explicó a las partes la importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energías y de recursos, evitando un proceso prolongado. En este estado ambas partes exponen: Que han decidido dar por terminado el presente proceso judicial de mutuo acuerdo, pagando a la trabajadora YAMILET COROMOTO NAVARRO MEJIAS, titular de la cédula de identidad No.17.044.249, la cantidad de Bs.F.1.700,00, para ser pagado en forma fraccionada, esto es en tres cuotas Bs.567,00 correspondiendo la primera en fecha 31 de Marzo 2008, la segunda el 15/04/2008 y la tercera el 30 de Abril 2008, entregado mediante cheque a nombre de la trabajadora accionante por ante este Tribunal, a las 2:00 p.m; la trabajadora y su abogado asistente manifiestan que aceptan el monto ofrecido por la parte demandada y con dicho pago la empresa no queda nada que deberle por concepto de prestaciones sociales y demás derechos laborales.