En el día hábil de hoy miércoles, en la fecha arriba señalada, siendo las 3:40 p.m, comparecen los ciudadanos supra identificados y el ciudadano JAIME FARIAS PIMENTEL, titular de la cédula de identidad No.15.651.136, en su carácter de Gerente de la empresa condenada, y solicitar a la ciudadana Juez, la celebración de acto conciliatorio a los fines de poner fin al presente asunto. La ciudadana Jueza, acuerda lo peticionado y declaró abierto el acto. En este estado ambas partes exponen: Que han decidido dar por terminado el presente proceso judicial de mutuo acuerdo, pagando al trabajador, la cantidad de Bs.F.3.000,00, para ser pagado mediante cheque No.63001520 de la cuenta corriente No.01500116030300000177; la apoderada judicial de la parte actora manifiesta que acepta y recibe el aludido cheque, supra identificado, por la parte demandada y con dicho pago la empresa no queda nada que deberle por concepto de prestaciones sociales y demás derechos laborales