En el día hábil de hoy jueves, en la fecha arriba señalado, siendo las 3:00 p.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos supra identificados. La ciudadana Juez declaró abierto el acto continuando con la mediación. En este estado ambas partes exponen: Que han decidido dar por terminado el presente proceso judicial de mutuo acuerdo, pagando a los beneficiarios ciudadanos ISIDRO NIÑO e HILDA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad No.6.000.750 y 5.020.496, padres del trabajador fallecido LUIS ALBERTO NIÑO, la cantidad de BOLIVARES FUERTES CIENTO DIECIOCHO MIL SIN CENTIMOS (Bs.F.118.000,00), para ser entregado mediante cheque a nombre de la ciudadana HILDA ZAMBRANO, ya identificada el día 4 de Abril 2008 por ante este Tribunal, a las 2:00 p.m; el apoderado judicial de la parte actora manifiesta que acepta el monto ofrecido por la parte demandada y con dicho pago la empresa no queda nada que deberle por concepto de accidente de trabajo y demás derechos establecidos en la Ley Orgánica de Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, Ley Orgánica del Trabajo y Código Civil.