En el día hábil de hoy lunes, en la fecha arriba señalada, siendo las 1:00 p.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos supra identificados. La ciudadana Juez declaró abierto el acto continuando con la mediación. En este estado ambas partes exponen: Que han decidido dar por terminado el presente proceso judicial de mutuo acuerdo, pagando al trabajador JOSE ABEL OMAÑA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad No.7.218.480, la cantidad de Bs.F.1.200,00, mediante cheque No. S-9243000599 de la Cuenta Corriente No.01020360170000015273; el trabajador y su apoderada judicial manifiestan que aceptan el monto ofrecido por la parte demandada y con dicho pago la empresa no queda nada que deberle por concepto de prestaciones sociales y demás derechos laborales.