JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, QUINCE DE MAYO DEL 2.008.
198º y 149º
De la revisión de las actas procesales este Tribunal observa, que por cuanto en fecha 03 de Marzo del presente año el defensor judicial designado el abogado JESUS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.370.837, Inpreabogado bajo el Nº 39.004, fue juramentado en el juicio de Divorcio Ordinario y por error material involuntario en el folio cincuenta y seis de fecha 12 de marzo del 2008 se Designa nuevamente defensor judicial, librando boleta de notificación siendo firmada por el nuevo defensor designado, este Tribunal en aras de subsanar el error enunciado deja sin efecto los folios 56, 57, 58, y 59 en la presente causa, y establece en su primer aparte el articulo 206 del Código de Procedimiento Civil, “Los Jueces procuraran la estabilidad de los juicios, evitando o corrigiendo las faltas que puedan anular cualquier acto procesal”, es por lo que este Juzgado en un todo de acuerdo con la norma mencionada, con el fin de mantener el equilibrio procesal, la igualdad entre las partes, REPONE LA CAUSA, al estado de citar al Defensor Judicial JESUS RODRIGUEZ. Se deja sin efecto todas las actuaciones realizadas anteriormente. Se insta al alguacil a librar boleta de citación.
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. NEYBIS RAMONCINI
EXP.29.364
Eleczoleth
|