REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 10
Caracas, 20 de Mayo de 2007
198º y 149º
Vista la Inhibición planteada por la ciudadana JENNY RAMÍREZ TERÁN , en su carácter de Juez Provisorio cuadragésimo cuarto (44°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de conocer la causa donde aparece como denunciante el ciudadano ANGEL DANIEL DANALES PEÑA, en la causa signada con el número N° 44C-12399-08 (Nomenclatura de ese Juzgado); y por cuanto en ella se expresa el motivo en que se funda y fue propuesta en la oportunidad legal correspondiente, se declara ADMISIBLE la mencionada inhibición, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal.
LA JUEZA PRESIDENTA
DRA. CARMEN AMELIA CHACÍN MATERAN.
Ponente
LOS JUECES INTEGRANTES
DRA. ALEGRIA L. BELILTY BENGUIGUI. DRA. ANGELICA RIVERO BERMUDEZ
LA SECRETARIA
CLAUDIA MADARIAGA SANZ
CACM/ALBB/ARB/CMS.-
Exp. 10Aa 2233-08.-