REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
COORDINACION DEL TRABAJO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
Maturín nueve (09) de mayo de 2008
198° 149°
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2008-000351
PARTE ACTORA: BELKIS RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.008.906 y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO MATURIN DEL ESTADO MONAGAS.
MOTIVO: Cumplimiento de la Convención Colectiva, suscrita entre el Municipio Maturín y el Sindicato Único de Trabajadores de Alcaldías, Juntas Parroquiales, empresas de Servicio Municipales y Similares del Estado Monagas (Sutracelmo)
Se inicia el presente procedimiento por demanda interpuesta por la Ciudadana BELKIS RODRIGUEZ, identificada anteriormente, por ante los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, distribuido como fue el procedimiento por Cumplimiento de la Convención Colectiva, suscrita entre el Municipio Maturín y el Sindicato Único de Trabajadores de Alcaldías, Juntas Parroquiales, empresas de Servicio Municipales y Similares del Estado Monagas (Sutracelmo)
se procedió admitir la demanda en fecha veintinueve (29) de febrero de 2008, y se libraron los correspondientes carteles de notificación, a la demandada, la cual se verificó 10 de marzo de 2008, concediéndose el lapso previsto en el artículo 155 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, por lo que siendo el día hábil de hoy nueve (09) de mayo de dos mil ocho, la oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, y anunciado como fue el acto a la hora señalada con las formalidades de Ley en el presente proceso, se deja expresa constancia que no compareció a la audiencia preliminar la ciudadana BELKIS RODRIGUEZ, identificada al inicio de la presente acta, quien actúa como parte demandante, ni por si, ni por medio de apoderado alguno. Asi como se deja constancia que compareció el abogado JOSE JESUS REYES en su carácter de apoderado de la Alcaldía del Municipio Maturín, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación Y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZA
Abog. MILADYS SIFONTES DE NESSI
El Secretario
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