JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL (BIENES) Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRAL, CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA.
Maracay, 13 de mayo de 2008.
197° y 149°
Exp. Nº AC.CA-6484.
Visto el cómputo practicado por Secretaría, en el cual se hace constar, que han transcurrido más de 30 días consecutivos, contados a partir del día 1° de abril de 2008 exclusive, fecha esta en la cual se acordó expedir el Cartel de Citación, hasta el día 09 de mayo de 2008 inclusive; y visto asimismo, el contenido del auto de fecha 1° de abril de 2008, mediante el cual este Tribunal acordó y expidió el Cartel de Citación, conforme a lo establecido en los párrafos 12 y 13 del Artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se advirtió que el mismo, debería ser retirado, publicado y consignado dentro de los 30 días consecutivos siguientes a su expedición, y como quiera, que según cómputo practicado, se evidencia que ha vencido el referido lapso, sin que se haya verificado el retiro en autos del mismo; en consecuencia, este Tribunal Superior, declara DESISTIDO el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con Solicitud de Amparo Constitucional, por el Ciudadano: José Arley Viña, debidamente asistido de Abogada, contra el Acto Administrativo de Efectos Particulares contenido en la Resolución AMM-102-2003, de fecha 30 de mayo de 2003, emanado de la Alcaldía del Municipio Autónomo Francisco de Miranda del Estado Guárico; conforme a lo ordenado en el referido auto. Se ordena agregar a los autos formando folios útiles, el cartel de citación, así como los Oficios signados con los Nros. 793-08, 794-08 y 795-08, respectivamente, de igual manera, se revoca la Medida de Amparo Constitucional acordada mediante auto de fecha 05 de diciembre de 2003, ordenándose Archivar el Expediente en su oportunidad. Notifíquese a la Parte Recurrente y Recurrida de la presente Decisión.
EL JUEZ SUPERIOR PROVISORIO,

DR. DOMINGO EFREN ZERPA NARANJO.

LA SECRETARIA,

ABOG. GLENDA DE LOS RIOS.

En la misma fecha y conforme está ordenado en el auto anterior, se libraron los Oficios números___________, ___________ y la Boleta de Notificación respectiva.

LA SECRETARIA,

ABOG. GLENDA DE LOS RIOS.







DEZN/yaremi.
cc.archivo.