REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal 11° de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés (23) de mayo de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP21-L-2008-001496

Visita la diligencia de fecha 12 de Mayo de 2008, suscrita por las abogadas MARIA SANCHEZ, y YURBIN TORRES, inscritas en los IPSA bajo los números. 46.870, 47.142, actuando en su carácter de Apoderadas Judiciales de la parte actora y demandada, respectivamente, mediante la cual la parte actora desiste del presente procedimiento, y a su vez la parte demandada le hace entrega de cheques Nros. 02880703, 02880755, a favor de la parte actora quien recibe a su entera satisfacción; en este sentido y por cuanto se evidencia que la parte actora manifiesta estar libe de constreñimiento alguno, en su voluntad de dar por terminado el presente juicio mediante el desistimiento del mismo, en consecuencia este Juzgado Homologa el Desistimiento planteado en los términos expresados; todo en el juicio incoado por el ciudadano CARLOS OVIEDO en contra de las empresas FOSPUCA LIBERTADOR C.A. y solidariamente FOSPUCA BARUTA C.A. y FOSPUCA NUEVA ESPARTA C.A..

El Juez

La Secretaria

Abg. Alcy Salazar


Abg. Gloria Medina