Recibido de la URDD en ésta fecha, désele entrada, anótese en el Libro respectivo y regístrese bajo la nomenclatura del Circuito Judicial. Visto el escrito de Separación de Cuerpos y de Bienes presentado por los ciudadanos RUBEN JOSE RODRIGUEZ ANTELIZ Y MARIA ALEJANDRA RATIA BETANCOURT, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V- 11.049.126 y V-10.381.590, respectivamente, asistidos por los abogados en ejercicio Lilia Medina y Rafael Peraza, inscritos en el I.P.S.A bajo los números 54.599 y 41.764, respectivamente, este despacho lo admite cuanto ha lugar en derecho, por cuanto no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la ley.