CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL Nº 12
Caracas, seis (06) de mayo de dos mil ocho (2008)
198º y 149º

ASUNTO: AP51-V-2006-001328
Vista el acta de fecha 16 de abril de 2008, suscrita por los ciudadanos JESUS ENRIQUE RIVERA PAREDES y DAISY JOSEFINA QUINTERO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-10.277.327 y V-11.674.322 respectivamente, por ante la Fiscal Nonagésima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con Competencia en el Sistema de Protección del Niño, el Adolescente y la Familia, María del Milagro Da Corte Luna, en la cual convinieron en relación a la Obligación de Manutención, a favor del niño XXX. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA dicho convenimiento de obligación de manutención, en los mismos términos y condiciones expuestos por las partes. En consecuencia se acuerda levantar la medida de embargo dictada en fecha 25 de enero de 2006, la cual pesaba sobre la totalidad de las prestaciones sociales. Sin embargo, se le prevendrá a dicho órgano, que deberá retener y remitir a este Tribunal la cantidad de treinta y seis (36) mensualidades, a razón de Ciento Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 150.000, 00) cada una, correspondientes al pago de las Prestaciones Sociales y Fideicomiso, al ciudadano JESUS ENRIQUE RIVERA PAREDES, por concepto de la Obligación de Manutención a favor del niño XXX. Asimismo se le hace saber al órgano precedentemente enunciado, que las referidas cantidades deberán ser remitidas a este Tribunal en cheque de gerencia a nombre del niño de autos. Igualmente, se acuerda expedir por secretaria copias certificadas de dicha acta de convenimiento y del presente auto, a los fines de que surta sus efectos legales. Líbrese Oficio. Cúmplase lo ordenado. -
LA JUEZ
SARA E. GUARDIA SOTO LA SECRETARIA
ADRIANA MIRELES
SG/AM/Natalia.-