REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CAPITAL. Caracas, veintisiete (27) de mayo de dos mil ocho (2008).
198° y 149°
Vista la diligencia de esta misma fecha 27 de mayo de 2008, estampada por el abogado en ejercicio de este domicilio GUSTAVO A. GRAU FORTOUL, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 35.522, procediendo con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CERVECERÍA POLAR, C.A., mediante la cual desiste del presente recurso contencioso administrativo de nulidad. Este Tribunal lo da por consumado, y en consecuencia homologa dicho desistimiento, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles.
Remítase en su oportunidad el presente expediente, bajo Oficio a la Oficina respectiva.
LA JUEZA PROVISORIA,
LA SECRETARIA Acc,
Exp. No. 006095
CAG/desy.
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