REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL. Caracas, veintisiete (27) de mayo de dos mil ocho (2008).-
198º y 149º
Estando dentro del lapso de cinco (05) días de despacho para dictar el dispositivo del fallo, tal como lo establece el artículo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella interpuesta por la abogada MORAIMA JOSEFINA REYES CAÑONGO, portadora de la cédula de identidad Nro. 11.927.306 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 86.399, actuando en su propio nombre y representación, contra el acto administrativo signado bajo el Nro. RRHH/ P-756/07, de fecha 27 de septiembre de 2007 y notificado en fecha 16 de octubre de 2007, dictado por el Presidente del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria (INAPYMI).-
EL JUEZ
JOSÉ GREGORIO SILVA BOCANEY
EL SECRETARIO
CARLOS B. FERMÍN. P
Exp. 07-2114/ fcm.-