REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, Treinta (30) de Mayo de Dos Mil Ocho (2008).
198° y 149°
Vista la transacción Judicial de fecha Veintisiete (27) de Mayo de Dos Mil Ocho (2008), suscrita y presentada por la Abogada YANIRA APONTE, inscrita en el Instituto de Previsión y Asistencia Social del Abogado bajo el Nº 73.782, actuando como Apoderada Judicial del Ciudadano ESTEBAN FELIPE CAMACHO TOLEDO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad Nº 13.068.107, y la Abogada GINGER MUÑOZ, inscrita en el Instituto de Previsión y Asistencia Social del Abogado bajo el Nº 16.814, actuando como Apoderada Judicial del Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Sucre del Estado Miranda, mediante la cual exponen: Que “…En mi carácter de Apoderada de la parte Querellante y con las facultades otorgadas en el Instrumento Poder, el cual corre inserto en autos, declaro que recibo en este acto, de manos de la Dra. Ginger Muñoz, Apoderada Judicial del Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Sucre del Estado Miranda, parte Querellada en el presente juicio y ampliamente identificada en autos, un cheque signado con el número 37871059 librado contra Banesco Banco Universal, por un monto de Quince Mil Trescientos Treinta y Un Bolívares con Once Céntimos (BsF.15.331,11) por concepto de Liquidación de Prestaciones Sociales que el Querellado le adeuda a mí representado; Lo recibo en nombre de mí representado a mi entera y cabal satisfacción, igualmente declaro que otorgo el correspondiente FINIQUITO al Instituto Autónomo de Policía Municipal de Sucre, no quedando a deber nada por concepto de Prestaciones Sociales a mi representado …”, en consecuencia, este Órgano Jurisdiccional, homologa la transacción realizada por las partes y en virtud de encontrarse terminada la presente causa se ordena el archivo del expediente constante de Sesenta y Dos (62) folios útiles y el Expediente Administrativo constante de Ciento Cuarenta y Seis (146) folios útiles. Archívese el expediente.
LA JUEZ,
FLOR L. CAMACHO A.
EL SECRETARIO,
CLIMACO A. MONTILLA T.
Exp. N° 1556-06/FC/CM/jlmc .-