REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA








EN SU NOMBRE
EL JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Años: 198º y 149º
I
Compareció por ante este Juzgado, los ciudadanos: SORIDA JACQUELINE FERNANDEZ GONZALEZ, TERESITA DEL VALLE FERNANDEZ GONZALEZ y OMAR ALBERTO FERNANDEZ GONZALEZ., venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.179.210, V-6.681.308 y V-6.266.309., respectivamente, debidamente asistidos de abogado, mediante la cual solicita se les declares a ellos y a los ciudadanos OMAR RAFAEL FERNANDEZ MOTA y OMAR ARMANDO FERNANDEZ MOTA., venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédulas de identidad Nros. V-3.510.789 y V-3.710.503, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus OMAR ALBERTO FERNANDEZ FINOL, quien era en vida venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°: V-3.510.789, y quien falleció Ab-intestato en fecha 10 de Julio de 2007, sin perjuicio de terceros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.

El día 04 de abril de 2008, se admitió la anterior solicitud e igualmente se instó al solicitante a promover los testigos, a los fines de interrogar a los mismos.

El día 26 de Mayo de 2008, compareció un ciudadano que dijo ser y llamarse JOSE FRANCISCO GODOY., venezolano, mayor de edad, domiciliado en la siguiente dirección: Caricuao, UD-6, Bloque 1, Piso 7, apartamento 704, Caracas, portador de la cédula de identidad Nº V-9.411.167, en calidad de testigo.

El día 26 de Mayo de 2008, compareció una ciudadana que dijo ser y llamarse MIRIAM JOSEFINA PALMA VALLES, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la siguiente dirección: Final De la Avenida Bogota, El Cementerio, Casa N° 72, Fila del Medio, Caracas, portadora de la cédula de identidad Nº V-10.345.992, en calidad de testigo.

II

Hecho el resumen de las actuaciones del presente caso, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir previas las consideraciones siguientes:
Examinadas las actas procesales, observa el Tribunal que los solicitantes acompañaron los siguientes instrumentos públicos:
1) Copia certificada del Acta de Defunción del ciudadano OMAR ALBERTO FERNANDEZ FINOL.-
2) Copia Certificada del Acta de Nacimiento de los ciudadanos los ciudadanos: SORIDA JACQUELINE FERNANDEZ GONZALEZ, TERESITA DEL VALLE FERNANDEZ GONZALEZ, OMAR ALBERTO FERNANDEZ GONZALEZ, OMAR RAFAEL FERNANDEZ MOTA y OMAR ARMANDO FERNANDEZ MOTA.-

Los anteriores instrumentos son valorados favorablemente pues merecen fe pública, no han sido objeto de tacha de falsedad y demuestran, entre otras cosas, el fallecimiento del ciudadano: OMAR ALBERTO FERNANDEZ FINOL, así como el vinculo de Filiación que existe entre los ciudadanos: SORIDA JACQUELINE FERNANDEZ GONZALEZ, TERESITA DEL VALLE FERNANDEZ GONZALEZ, OMAR ALBERTO FERNANDEZ GONZALEZ, OMAR RAFAEL FERNANDEZ MOTA y OMAR ARMANDO FERNANDEZ MOTA, y la causante, es por lo cual el Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente.-

El solicitante propuso se evacuaran las testimoniales jurada de los testigos que fueron indicados.

El día 26 de Mayo de 2008, comparecieron unos ciudadanos que dijeron ser y llamarse JOSE FRANCISCO GODOY y MIRIAM JOSEFINA PALMA VALLES., venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, portadores de las cédulas de identidad Nros. V-9.411.167 y V-10.345.992, en calidad de testigos, quienes expusieron en la primera pregunta lo siguiente: “Si los conozco de vista, trato y comunicación desde hace muchos años”; a la segunda pregunta: “Si lo conocí”; a la tercera pregunta: “Si se y me consta”; a la cuarta pregunta: “…Si se y me consta…”; a la quinta pregunta: “…Si se y me consta…”.-
En tal sentido, el Tribunal le otorga pleno valor probatorio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.392 del Código Civil. Así se decide.-

Por todo lo antes expuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Órgano Jurisdiccional debe declarar los ciudadanos: los ciudadanos: SORIDA JACQUELINE FERNANDEZ GONZALEZ, TERESITA DEL VALLE FERNANDEZ GONZALEZ, OMAR ALBERTO FERNANDEZ GONZALEZ, OMAR RAFAEL FERNANDEZ MOTA y OMAR ARMANDO FERNANDEZ MOTA., venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.179.210, V-6.681.308, V-6.266.309, V-3.510.789 y V-3.710.503, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDERAS del De Cujus OMAR ALBERTO FERNANDEZ FINOL, quien era en vida venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°: V-3.510.789, y quien falleció Ab-intestato en fecha 10 de Julio de 2007. Así se decide.-

DECISIÓN

Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, DECLARAR ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus OMAR ALBERTO FERNANDEZ FINOL, quien era en vida venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°: V-3.510.789, y quien falleció Ab-intestato en fecha 10 de Julio de 2007, a los ciudadanos: SORIDA JACQUELINE FERNANDEZ GONZALEZ, TERESITA DEL VALLE FERNANDEZ GONZALEZ, OMAR ALBERTO FERNANDEZ GONZALEZ, OMAR RAFAEL FERNANDEZ MOTA y OMAR ARMANDO FERNANDEZ MOTA., venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.179.210, V-6.681.308, V-6.266.309, V-3.510.789 y V-3.710.503. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Desvuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previas certificación en actas por secretaría.-

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 26 día del mes de Mayo de Dos mil Ocho (2008).-
LA JUEZ,


DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY
LA SECRETARIA


ABG LEOXELYS VENTURINI
En la misma fecha siendo la dos de la tarde (02:00 p.m.), se registró y publicó la anterior decisión.
EL SECRETARIA


EXP Nº St-11794
AMCdeM/vhb.