En el día de hoy, veintidós (22) de Mayo del año dos mil ocho (2008), siendo las 9:00 de la mañana, se trasladó y constituyó la Juez Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas CELSA DIAZ VILLARROEL y su Secretario JESUS ALBERTO RAMOS, en compañía de la Apoderada Judicial de la parte actora Doctora OSANNA A. NAFFAH CASCELLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 85.216; y de los auxiliares de justicia designados por este Tribunal Comisionado como Depositaria Judicial a la firma La R. C., C. A., en la persona de su representante legal CARLOS D’ASCOLI, titular de la cédula de identidad Número 6.910.950 y Perito Avaluador REYES RAMIREZ, titular de cédula de identidad Número 3.569.600; quienes aceptaron los cargos recaídos en sus personas y juraron cumplir bien y fielmente con los deberes y obligaciones inherentes a los mismos, tal y como consta en el Libro de Actas que a tal efecto lleva este Despacho; en la siguiente dirección: Apartamento que forma parte del Edificio Sur 2-57, identificado con el Número 132, ubicado en la Avenida Sur 2, entre las esquinas La Palma y Miraflores, Parroquia Santa Teresa, Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital; con la finalidad de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en el juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA sigue BANESCO, BANCO UNIVERSAL contra INDUSTRIA VENEZOLANA DE CARNES, INVERCARNES, C. A. Seguidamente la Juez dio los toques de Ley a las puertas del inmueble, sin que persona alguna respondiera al llamado judicial. El Tribunal a señalamiento de la Apoderada Judicial de la parte actora y dando cumplimiento a la Comisión encomendada declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el siguiente bien inmueble: “Un Apartamento que forma parte del Edificio Sur 2-57, identificado con el Número 132, ubicado en la Avenida Sur 2, entre las esquinas La Palma y Miraflores, Parroquia Santa Teresa, Municipio Libertador del Distrito Capital”; tiene una superficie de NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS (91,63 Mts.2) y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con fachada Norte del Edificio; SUR: Con el Apartamento 131 y área de circulación; ESTE: Con fachada Este del Edificio; y OESTE: Con el Apartamento 133 y área de circulación. El Tribunal pone el inmueble aquí Embargado Ejecutivamente en posesión jurídica de la Depositaria Judicial designada al efecto, cuyo representante legal estando presente lo recibe conforme para su representada. En este estado el Perito Avaluador expone: Le asigno un avalúo prudencial al inmuebles objeto de la presente medida de Embargo Ejecutivo de CUARENTA Y TRES MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 43.000,oo), es todo. El Tribunal ordena expedir por Secretaria copia certificada de la presente acta y de la comisión íntegra, a los fines de que la misma sea archivada en el copiador que a tales efectos lleva este Despacho. El Tribunal deja expresa constancia que la práctica de la presente medida no causó para este Juzgado ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial aún vigente. Se procedió a fijar a las puertas del inmueble cartel contentivo de todo lo aquí actuado. Particípese por Oficio al Registrador Subalterno respectivo. El Tribunal siendo las 10:00 de la mañana da por terminada la presente actuación, ordena el regreso a su sede y deja constancia que la misma generó emolumentos para el representante de la Depositaria Judicial y Perito Avaluador. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman:
LA JUEZ,

CELSA DIAZ VILLARROEL.
LA APODERADA ACTORA,

LA DEPOSITARIA,

EL PERITO AVALUADOR,


EL SECRETARIO,