REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
EXP:CB-08-0839
PARTE ACTORA: SALVADOR MARRELLI FONTANA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la población de cubiro, titular de la cédula de identidad N° v-5.540.446.
APODERADO JUDICIALES: Sin abogado constituido en autos.
PARTE DEMANDADA:EUGENIO MARRELLI BUFFONE Y LUCILA FONTANA DE MARRELLI, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el Estado Anzoátegui y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.973.679 y V- 5.017.116.
APODERADO JUDICIAL: Sin abogado constituido en autos.
MOTIVO: Ejecución de Hipoteca.
Conoce éste Tribunal Superior del presente asunto, previas las formalidades Administrativas de Distribución, en virtud de la apelación incoada por el ciudadano Salvador Marrelli Fontana, debidamente asistido por la abogada Reina E. Sequera inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 28.301, en fecha 12 de noviembre de 2007,contra la sentencia que declaró Sin lugar la oposición a la medida de prohibición de enajenar y gravar emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 27 de junio de 2007.
Por auto de fecha 26 de marzo de 2008 se le dio ingreso a las actas procesales, fijándose la oportunidad legal para la consignación de los respectivos informes.
Mediante diligencia de fecha 12 de mayo de 2008, compareció el ciudadano Salvador Marrelli Fontana, titular de la cédula de identidad Nº 5.540.446, asistido por el abogado Carlos Zavarce inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.777 quien expuso:
“…notifico expresamente al Tribunal mi intención de DESISTIR expresamente a la apelación intentada por mi ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del transito de esta Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,…” (Negrillas del Tribunal).
Ahora bien, a los fines de proveer sobre el referido desistimiento este Tribunal observa:
Se aprecia que la acción intentada por el accionante versa sobre una ejecución de hipoteca, materia sobre la cual no esta prohibido el desistimiento, que la misma fue realizada por el ciudadano Salvador Marrelli Fontana quien es parte actora en el mismo y fuera el recurrente en la presente incidencia por lo que de conformidad con los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, este Órgano Jurisdiccional le imparte a la homologación al desistimiento habido en autos. Y así se decide.
Por los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, HOMOLOGA el desistimiento del Recurso de Apelación, en el juicio de ejecución de hipoteca interpuesto, por el ciudadano Salvador Marrelli Fontana en contra de Eugenio Marrelli Bufen y Lucila Fontana de Marrelli, todos previamente identificados. Se ordena la remisión del expediente al tribunal de origen.
Se condena en costas del recurso a la parte apelante por haber desistido del recurso de conformidad con el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de la presente decisión en la Sede del Despacho de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los 21 días del mes mayo del año Dos Mil ocho (2008).Años: 198° y 149°.
LA JUEZA,
DRA. ROSA DA SILVA GUERRA
El SECRETRAIO
ABG.JUAN E.FREITAS ORNELAS.
En la misma fecha, siendo las diez y treinta (10:30) minutos de la mañana, se publicó y registró la anterior sentencia.
EL SECRETARIO
ABG.JUAN. E. FREITAS ORNELAS.
RDSG/JEFO/TIBI
EXP:CB-08-0839
|