REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

PARTE ACTORA: INVERSIONES GOM-MA-TA, S.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, hoy Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 11 de junio del año 1981, anotado bajo el Nro 115, tomo 42-A Pro.
PARTE DEMANDADA: YOLANDA SADDE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-3.516.938. Sin representación en juicio.
MOTIVO: DESALOJO
EXPEDIENTE No. 9677.
En fecha 30 de abril de 2008, compareció el abogado WILFREDO LOPEZ ALZURUTT, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 34.844, actuando en su carácter de apoderado de la Firma Mercantil, INVERSIONES GOM-MA-TA, S.A., mediante la cual desistió del presente proceso, solicitando la homologación del mismo. El Tribunal al respecto observa que el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, establece:
“…El demandante podrá limitarse a desistir del procedimiento; pero si el desistimiento se efectuare después del acto de la contestación de la demanda, no tendrá validez sin el consentimiento de la parte contraria…”.
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal vista la norma antes transcrita y acogiéndose a la misma, le imparte su HOMOLOGACIÓN al desistimiento formulado por la parte actora, en el Juicio por DESALOJO tiene incoado la firma mercantil INVERSIONES GOM-MA-TA, S.A. contra la ciudadana YOLANDA SADDE, se procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada y ASÍ SE DECIDE.-
Asimismo se ordena devolver originales solicitados dejando
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Maracay, a los dos (02) días del mes de Mayo de dos mil ocho (2008). Años 196° y 147°.
LA JUEZ,

ABG. MARY FERNANDEZ PAREDES


LA SECRETARIA

ABG. NOHELIA RAMIREZ ABELLO


En esta misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) se publicó y se registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA.


MFP/NRA/Rosa
EXP. 9677