REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ANGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, Diecinueve (19) de Mayo de Dos Mil Ocho (2.008).
197º y 148º

EXPEDIENTE: 3883-08.-
PARTE ACTORA: ANA MERCEDES SUAREZ MARTIN, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la Cedula de Identidad N° V-8.725.810 y de este domicilio.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: SATURNINO RAFAEL CORONADO GUZMAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.580.-
PARTE DEMANDADA: EDGAR FABRICIO OSIO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-7.272.410 y de este domicilio.-
MOTIVO: DESALOJO.-

Se dio inicio al presente juicio por libelo de demanda presentado por el Abg. SATURNINO RAFAEL CORONADO GUZMAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.580, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana ANA MERCEDES SUAREZ MARTIN, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la Cedula de Identidad N° V-8.725.810 y de este domicilio, mediante la cual demandó al ciudadano EDGAR FABRICIO OSIO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-7.272.410 y de este domicilio; fue admitida por este Tribunal en fecha 02 de Abril de 2.008 y se ordenó el emplazamiento del demandado, ciudadano Edgar Fabricio Osio Zambrano, para que compareciera dentro del lapso de Ley a dar contestación a la


demanda, librándose la boleta respectiva. Así mismo se fijó el tercer día de despacho para que las partes comparecieran ante este Juzgado, de conformidad con el articulo 257 del Codigo de Procedimiento Civil.-
En fecha 29 de Abril de 2.008, compareció el Alguacil de este Juzgado, ciudadano Raúl Núñez, y consignó Boleta de Citación debidamente firmada por el demandado, ciudadana Edgar Fabricio Osio Zambrano. (folios 49 y 50 del expediente).-
En fecha 05 de Mayo de 2.008, este Tribunal procedió a levantar el acto conciliatorio entre las partes, dejando constancia que no comparecieron ni por si ni por medio de Apoderado Judicial.-
En fecha 15 de Mayo de 2.008, comparecieron, por una parte, el ciudadano Edgar Fabricio Osio Zambrano, titular de la Cedula de Identidad N° V-7.272.410, en su carácter de demandado, debidamente asistido por el Abg. Marielis A. Quiñones González, Inpreabogado N° 116.942, y por la otra, el Abg. Saturnino Rafael Coronado Guzmán, Inpreabogado N° 47.580, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana Ana Mercedes Suárez Martín, titular de la Cedula de Identidad N° V-8.725.810, y presentaron escrito de Transacción, constante de Dos (2) folios útiles y un (1) anexo, solicitando ambas partes se imparta su homologación en los mismos términos expuestos.-