En el día hábil de hoy miércoles, en la fecha arriba señalada, siendo las 8:30 a.m, oportunidad fijada para celebrar ACTO CONCILIATORIO en etapa de ejecución, comparecen las ciudadanas supra identificadas. La ciudadana Jueza, declaró abierto el acto. En este estado ambas partes exponen: Que han decidido dar por terminado el presente proceso judicial de mutuo acuerdo, pagando a las trabajadoras, ARELIS FERNANDEZ la cantidad de Bs.F.14.556,76 y LEYDIS PEDROZA la cantidad de Bs.F.23.270,87, ambos montos serán pagados en forma fraccionada, esto es una inicial para ARELIS FERNANDEZ de Bs.5.000,00 y cinco cuotas iguales de Bs.1.911,35 y para LEYDIS PEDROZA una inicial de Bs.6.000,00, en fecha 30 del presente mes y año y las cinco cuotas iguales de Bs.3.454,17, en fechas los días 30 de cada mes, excepto el mes de agosto que será el día 29, siendo el último pago en el mes de octubre 2008, a las 9:00 a.m, mediante diligencia conjunta por ante la unidad de recepción de documentos de este circuito judicial, todos mediante cheques a nombre de cada una de las trabajadoras; la apoderada judicial de la parte actora manifiesta que acepta el monto a pagar por la parte demandada y con dicho pago la empresa no queda nada que deberle por concepto de prestaciones sociales y demás derechos laborales.