En el día de hoy nueve de mayo de dos mil ocho, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Prolongada en el presente proceso, comparecen en su condición de parte actora la ciudadana SOL YUNIS PEREZ MUJICA acompañada de la Apoderada Judicial Abogada NURY GARCÍA, supra identificadas. Por la parte demandada, comparece el Apoderado Judicial Abogado ANDRES OSUNA, plenamente identificado de acuerdo a poder judicial que consta en autos. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto, en donde la parte demandada ofrece pagar a la parte actora la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES FUERTES CON VEINTITRES CENTIMOS (Bs. 2.453,23), para ser pagado en éste mismo acto, a través de cheque de gerencia Nro. 14710690, con fecha 03 de Abril de 2008, elaborado a nombre de la Trabajadora, girado contra la cuenta Nro. 0134-0147-17-2120210001, de BANESCO. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los siguientes conceptos: Antigüedad, Vacaciones, Bono Vacacional, Utilidades, Intereses sobre Prestaciones Sociales y horas extras diurnas y nocturnas, siendo necesario aclarar que el monto mediado es el resultado de la revisión de los montos demandados previa deducción de los montos recibidos. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y asesorado por su Apoderada Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con los montos ofrecidos y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio prestado.