REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURÍN, CATORCE (14) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO
198º y 149º
Visto el desistimiento suscrito por el ciudadano EDGAR MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.370.873. abogado en ejercicio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.444, Apoderado Judicial de la ciudadana BERENICE DE LA CRUZ SANCHEZ, parte demandante en el presente juicio de LIQUIDACION Y PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, intentado en su contra por el ciudadano ANTONIO MIGUEL GAMARDO, expediente N° 31.237, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRAMDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho desistimiento. Desvuélvanse los originales solicitados previa su certificación en autos y entréguesele al interesado a los fines legales consiguientes.-
ABOG. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA,
ABOG. YOHISKA MUJICA LUCES
EXP- 31.237
|