JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, 24 DE NOVIEMBRE DE 2.008.
198° Y 149°
DEMANDANTE: Sociedad Mercantil “SIGO, S.A” inscrita ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en fecha veinticuatro (24) de Abril de 1972, anotada bajo el No. 131, folios 173 al 175 vto, domiciliada en la ciudad de Porlamar, Estado Nueva Esparta.
APODERADAS JUDICIALES: HAIDEMAR PRATO RODRIGUEZ y LOURISA DE JESUS SALAZAR BELLORIN, venezolanas, mayores de edad, Abogadas en ejercicio inscritas bajo los Nos. 115.856 y 102.302 de este domicilio.
DEMANDADA: SALON DE BELLEZA KARIU ESCALONA, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en fecha 22 de Marzo de 2005, anotada bajo el N° 114, Tomo B, representada por la ciudadana KARIU ELISA ESCALONA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.428.550 de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE VILLEGAS ADRIAN, venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 96.356 y de este domicilio
ASUNTO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
-I-
Vista la solicitud efectuada por la abogada LOURISA SALAZAR, con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, y por cuanto tal petición es procedente, se acuerda de conformidad. A tal efecto, este Tribunal observa que: 1) Efectivamente, se encuentra vencido el lapso de cinco (05) días de despacho concedido por este Tribunal mediante auto de fecha treinta (30) de Octubre del 2008 a la parte demandada, para el cumplimiento voluntario de la sentencia de fecha 17 de Septiembre del presente año, tal como consta del folio 129 al folio 141, 2) No consta en autos que la parte demandada haya cumplido voluntariamente; es por tal motivo y a tenor de lo previsto en el artículo 526 Código de Procedimiento Civil, se ordena la ejecución forzosa basada en la entrega material de un local comercial donde funciona el SALON DE BELLEZA KARIU ESCALONA
ubicado en el Centro Comercial Sigo La Proveeduría, Prolongación Av. Raúl Leoni Carretera del Sur, frente al Pedagógico, Maturín, Estado Monagas; dicha entrega debe hacerse libre de personas y bienes. Para la práctica de la anterior medida se comisiona suficientemente al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Piar, Punceres, Bolívar y Santa Bárbara de esta Circunscripción Judicial. Líbrese el correspondiente mandamiento de ejecución.-
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL.
LA SECRETARIA,
ABOG. YOHISKA MUJICA.
Exp. 30588
Mbrs
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