REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 11 de Noviembre de 2008
198° y 149°

ACTA


N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2006-1561
DEMANDANTE: JUAN CARLOS AZOCAR
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABOGDO. JOSE ANGEL MILLAN
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA JUPITER, C.A., Y PABLO RAMOS
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGDOS. LUISSANA SANCHEZ Y ANDRES SALAZAR UGAS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy martes once (11) de Noviembre de 2008, siendo las 9:30 AM., comparecen los abogados en ejercicio JOSE ANGEL MILLAN, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 102.642, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, y a su vez, DEYANIRA JIMENEZ DE RODRIGUEZ, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 48.200, asistiendo en este acto, al ciudadano PABLO RAMOS, español, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E- 791.564, en su condición de propietario de la empresa DISTRIBUIDORA JUPITER, S.R.L., Y PABLO RAMOS, respectivamente, ambos demandados, en el Juicio, que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, le tiene incoado el ciudadano: JUAN CARLOS AZOCAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 18.386.425, parte demandante en la presente causa, quienes solicitan del juez habilitar el tiempo útil, la cual se encuentra en fase de Ejecución de la Sentencia de la demandada, por cuanto han llegado un acuerdo Transaccional, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, como pago de todos los conceptos que se generaron durante el tiempo que duro la relación laboral con la empresa demandada, cuya reclamación se encuentra explanada en Sentencia definitiva emitida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo, de esta Circunscripción Judicial, en fecha 25 de Enero de 2008, en la cual se condenó a la demandada al pago de la cantidad de Bs. F. 24.008,90, a los fines de evitar la ejecución de la referida sentencia, a los fines de ponerle fin al presente juicio, el cual consiste en el pago que hace la parte demandada, por la suma única y definitiva de VEINTICUATRO MIL OCHO BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA CENTIMOS (Bs. F. 24.008.90), para lo cual hace entrega al demandante, en este mismo acto, del cheque No. 25810106, de fecha de hoy, 11 de Noviembre de 2008, por la cantidad antes descrita, con la leyenda No Endosable, girado contra el Banco de Banesco, nombre del ciudadano JUAN CARLOS AZOCAR, parte demandante en la presente causa, antes identificado. Pago este que es aceptado conforme, por el apoderado judicial del demandante, en nombre de su representado, en este mismo acto, cheque este que será consignado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), en virtud de que accionante no se encuentra presente, para ser retirados por el mismo. Este Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos Irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordenará el archivo del expediente, una vez que conste en autos el retiro del referido cheque por parte del demandante. Cúmplase.
Siendo las 1:30 PM. Se dio por terminado el presente acto.
EL JUEZ TEMPORAL,
LASPARTES COMPARECIENTES,
Abg. RAMÓN VELÁSQUEZ.-

LA SECRETARIA