ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-001881
PARTE ACTORA: DIEGO ALBERTO ALMEIDA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARIA VICTORIA VALDIVIESO DE GAMEZ, ALFREDO E. GAMEZ INCIARTE
PARTE DEMANDADA: SERVICIO AUTONOMO DE ELABORACIONES FARMACEUTICAS (SEFAR)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: TRINO RAFAEL GUILARTE MUJICA
MOTIVO: COBRO DE PRESATACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 04 de Noviembre de 2008, siendo las 2:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar acto conciliatorio fijado según auto de fecha 22 de octubre de 2008, comparecen ante este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas los ciudadanos TRINO RAFAEL GUILARTE MUJICA, abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° 4.597.070 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 30.211 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU ORGANO SERVICIO AUTONOMO DE ELABORACIONES FARMACEUTICAS (SEFAR) ADSCRITO AL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD, y MARIA VALDIVIESO GAMEZ, abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° 2.086.825 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 20.083 en su carácter de apoderada judicial de la parte actora DIEGO ALBERTO ALMEIDA , quienes exponen: la apoderada judicial de la parte actora expone: En este acto desisto del presente procedimiento de cobro de prestaciones sociales por cuanto en el día de hoy mi representado recibió de manos de la demandada la cantidad de DOCE MIL CIENTO VEINTISIETE BOLÍVARES CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS ( Bs. 12.127, 78 ) a su plena satisfacción, como pago de sus derechos laborales, quien me dio instrucciones precisas de desistir del presente proceso y solicitar su homologación y el cierre y archivo del expediente. Es todo. En este estado el apoderado judicial de la parte demandada expone: En virtud que según el poder que por delegación me fue otorgado por la Procuraduría General de la República como órgano legalmente facultado para representarla no se evidencia que tengo cualidad para desistir ni así para aceptar por la República el manifestado en este acto por la parte actora, me comprometo ante este estrado a solicitar la autorización correspondiente para aceptar el desistimiento planteado por la parte actora a los fines de cumplir con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Es todo. Este Tribunal deja fe del presente acto y en virtud de lo expuesto por las partes, deja establecido que hasta tanto no conste en autos la autorización de la Procuraduría General de la República para aceptar el presente desistimiento de parte de alguno de los apoderados involucrados por la misma en el presente juicio, no habrá pronunciamiento con respecto a la homologación del desistimiento y en cuanto al cierre y archivo del expediente. Es todo. Termino. Se leyó. Conformes firman.

La Jueza Titular
La Secretaria
Abg. Judith González

Abg. Marielys Carrasco.


La apoderada judicial de la parte actora


El apoderado judicial de la parte demandada