REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinte (20) de noviembre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP21-L-2008-000520

Con vista a la diligencia que antecede, presentada por la representación judicial de la parte actora en el presente proceso, incoado por la ciudadana ZULEYDA BRICEÑO contra la ciudadana ROSARIO RODRIGUEZ, mediante la cual requiere “… se sirva ordenar que la parte actora, ciudadana ZULEYDA BRICEÑO, C.I. N° 5.804.448, acompañe al Alguacil a la practica de la misma, en la siguiente dirección. Urbanización Santa Eduviges, El Peñón, Edificio Vista Hermosa, piso 10, Apto. 10-A, punto de referencia Centro Comercial Concresa…”, este Juzgado observa, que mal puede ordenar a la parte actora, que acompañe al Alguacil encargado de practicar la notificación de la parte demandada, en el presente proceso; siendo éste último además, conforme a las normas adjetivas que rigen nuestra materia, el funcionario obligado y facultado para realizar tales actividades, dando fe ante el Tribunal, de sus actuaciones; en tal sentido se niega el pedimento realizado.
EL JUEZ

ABG. ALCY SALAZAR LOZADA
EL SECRETARIO

ABG. SERGIO VIEIRA