REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, seis (06) de Noviembre de 2.008
198º y 149º
ASUNTO: N° AP41-U-2008-000571.- INTERLOCUTORIA Nº 101
Visto el Recurso Contencioso Tributario interpuesto, en fecha dieciséis (16) de Septiembre de 2.008, por la ciudadana Vilma Oliveros Perdomo, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.549.393, abogada en ejercicio debidamente inscrita por ante el INPREABOGADO bajo el N° 30.856, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la contribuyente “KATILANDIA, C.A.”, en contra del Acto Administrativo identificado bajo el N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2008-000227 de fecha veintinueve (29) de Mayo de 2.008, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual declaró INADMISIBLE el Recurso Jerárquico interpuesto por dicha contribuyente en fecha veintinueve (29) de Octubre de 2.007, confirmando el Acto Administrativo contenido en la Resolución N° 7421 de fecha diez (10) de marzo de 2.006 y sus correlativas planillas de liquidación que se detallan a continuación:
Período Planilla de Liquidación N°. Fecha Sanción U.T.
03-2004 01-10-01-2-26-003797 10-03-2006 150
07-2003 01-10-01-2-26-003798 10-03-2006 75
08-2003 01-10-01-2-26-003799 10-03-2006 75
09-2003 01-10-01-2-26-003800 10-03-2006 75
10-2003 01-10-01-2-26-003801 10-03-2006 75
11-2003 01-10-01-2-26-003802 10-03-2006 75
12-2003 01-10-01-2-26-003803 10-03-2006 75
02-2004 01-10-01-2-26-003804 10-03-2006 75
04-2004 01-10-01-2-26-003805 10-03-2006 75
05-2004 01-10-01-2-26-003806 10-03-2006 75
06-2004 01-10-01-2-26-003807 10-03-2006 75
07-2004 01-10-01-2-26-003808 10-03-2006 75
08-2004 01-10-01-2-26-003809 10-03-2006 75
09-2004 01-10-01-2-26-003810 10-03-2006 75
10-2004 01-10-01-2-26-003811 10-03-2006 75
01-2004 01-10-01-2-26-003812 10-03-2006 75
06-2003 01-10-01-2-26-003813 10-03-2006 67,5
05-2003 01-10-01-2-26-003814 10-03-2006 63,5
Todas emitidas a cargo de la mencionada contribuyente en concepto de Multa, por la cantidad total de 1.410 U.T.; estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, el Tribunal observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de actos administrativos recurribles en la vía jurisdiccional, impugnados por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés del recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante del contribuyente y no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario vigente, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1º) día de Despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la Administración Tributaria. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los seis (06) días del mes de Noviembre del año dos mil ocho (2.008). Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.-
El Juez Temporal,
Gabriel Ángel Fernández Rodríguez.- La Secretaria Suplente,
Judith Hidalgo Jiménez.-
Asunto N° AP41-U-2008-000571.-
GFR/mtr.-
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