REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, seis (06) de Noviembre de 2.008
198º y 149º


ASUNTO: N° AP41-U-2008-000576. INTERLOCUTORIA Nº 103.-

Visto el Recurso Contencioso Tributario interpuesto, en fecha dieciséis (16) de Septiembre de 2.008, por los ciudadanos Nicolas Rossini Martín, Marlon Ribeiro Correia, Carolina Galvis Molina y Yescenia Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos 11.226.289, 11.308.319, 13.973.068 y 14.566.310, abogados en ejercicio debidamente inscrito por ante el INPREABOGADO bajo los Nos 64.492, 63.767, 91.036 y 117.210, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la contribuyente “PROMOCIONES 4133, C.A.”, en contra la Resolución SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2008-000287, de fecha nueve (09) de julio de 2008, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), que declaró SIN LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por la mencionada contribuyente en fecha once (11) de julio de 2007 y en consecuencia confirmó la Resolución N° 12729 de fecha cinco (05) de diciembre de 2006 (Decisiones desde la 1/20 a la 20/20) contenida en las planillas de liquidación que se presentan a continuación:


Mes y Año Planilla de Liquidación Nro. Fecha Sanción U.T.
09-2004 01-10-01-2-26-009452 05/12/2006 150
12-2003 01-10-01-2-26-009453 05/12/2006 75
01-2004 01-10-01-2-26-009454 05/12/2006 75
02-2004 01-10-01-2-26-009455 05/12/2006 75
03-2004 01-10-01-2-26-009456 05/12/2006 75
04-2004 01-10-01-2-26-009457 05/12/2006 75
05-2004 01-10-01-2-26-009458 05/12/2006 75
06-2004 01-10-01-2-26-009459 05/12/2006 75
11-2003 01-10-01-2-26-009460 05/12/2006 75
08-2004 01-10-01-2-26-009461 05/12/2006 75
10-2004 01-10-01-2-26-009462 05/12/2006 75
11-2004 01-10-01-2-26-009463 05/12/2006 75
12-2004 01-10-01-2-26-009464 05/12/2006 75
01-2005 01-10-01-2-26-009465 05/12/2006 75
02-2005 01-10-01-2-26-009466 05/12/2006 75
03-2005 01-10-01-2-26-009467 05/12/2006 75
04-2005 01-10-01-2-26-009468 05/12/2006 75
07-2004 01-10-01-2-26-009469 05/12/2006 75
06-2005 01-10-01-2-25-001404 05/12/2006 25
06-2005 01-10-01-2-27-003400 05/12/2006 5

todas emitidas a cargo de la mencionada contribuyente en concepto de Multa, por la cantidad total de 1.455 U.T.; estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, el Tribunal observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de actos administrativos recurribles en la vía jurisdiccional, impugnados por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés del recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante del contribuyente y no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario vigente, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1º) día de Despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la Administración Tributaria. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los seis (06) días del mes de Noviembre del año dos mil ocho (2.008). Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.-
El Juez Temporal,

Gabriel Ángel Fernández Rodríguez.- La Secretaria Suplente,

Judith Hidalgo Jiménez.-




Asunto N° AP41-U-2008-000576.-
GFR/mtr.-