REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintisiete (27) de noviembre del año 2008
Años: 198º y 149º
Vista la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones Titulo Suficiente para acreditar el carácter de UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus ciudadano: NELSON JOSÉ CAMACHO ESPINOZA, a los ciudadanos: ROSA MARGARITA GUILLEN viuda de CAMACHO, NELBYS MARGARITA CAMACHO GUILLEN, NORELYS CAROLINA CAMACHO GUILLEN, NELSON JOSÉ CAMACHO APONTE y NOSLEN COROMOTO CAMACHO APONTE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números 4.350.468, 14.451.282, 16.378.443, 9.482.841 y 10.869.801, respectivamente, en su carácter de cónyuge e hijos del Causante.- Déjese copia de las presentes actuaciones en el archivo del Tribunal y entréguese original con sus resultas a los interesados.-
La Juez
Maria Rosa Martínez Catalán
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
MRMC/NCR/Rey/ Solic. Nº 13 055
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