REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:









EL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA
METROPOLITANA DE CARACAS-

EXPEDIENTE Nº: 07-4182.-

SOLICITANTES: JUAN DE DIOS FRANCESCHI BALAN Y CRISTINA CARLSEN DE FRANCESCHI, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Números: V- 2.668.059 y V- 5.305.750, respectivamente.-

ABOGADOS ASISTENTES DE
LOS SOLICITANTES: ANIBAL LAIRET VIDAL Y NANCY MAGO SARDI, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 19.882 y 9.418.-

MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES.-
(CONVERSIÓN EN DIVORCIO).

TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA.-

Comenzó el presente procedimiento mediante escrito presentado por los ciudadanos: JUAN DE DIOS FRANCESCHI BALAN Y CRISTINA CARLSEN DE FRANCESCHI, (antes identificados en el encabezamiento del presente fallo), asistidos por los abogados ANIBAL LAIRET VIDAL Y NANCY MAGO SARDI, (antes identificados en el encabezamiento del presente fallo), mediante el cual solicitan de mutuo y común acuerdo se declare la Separación de Cuerpos y de bienes; en (Conversión en Divorcio), alegaron que contrajeron matrimonio por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 06 de Mayo de 1977, acta Nº: 149, Consignando copia certificada del acta de matrimonio, declararon que si procrearon Tres (03) hijos de nombres: CLAUDIA LUCIA, JUAN DIEGO Y CRISTINA FRANCESCHI CARLSEN y que de dicha unión si adquirieron bienes de fortuna y cuya partición lo harán de manera amistosa una vez decretado la Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio. Que fijaron su domicilio conyugal en la siguiente dirección: Casa-Quinta Nº: 01, de la Primera Etapa del Conjunto la Estancia, Avenida Sur 03 de la Urbanización los Naranjos del Municipio el Hatillo del Estado Miranda del Área Metropolitana de Caracas.-

En fecha 17 de Julio del 2007, el Tribunal exhortó a los cónyuges a la reconciliación y sin haberse logrado la misma, decretó la Separación de Cuerpos en los mismos términos.-

En fecha 24 de Octubre del 2008, comparecieron por ante este tribunal los ciudadanos: JUAN DE DIOS FRANCESCHI BALAN Y CRISTINA CARLSEN DE FRANCESCHI, (antes identificados en el encabezamiento del presente fallo), asistidos por los abogados ANIBAL LAIRET VIDAL Y NANCY MAGO SARDI, (antes identificados en el encabezamiento del presente fallo), solicitando la conversión en divorcio.-

Siendo la oportunidad para decidir, el Tribunal pasa hacerlo previa las siguientes consideraciones:
II
Consta de las actas procesales que conforman el presente expediente, que los cónyuges ciudadanos: JUAN DE DIOS FRANCESCHI BALAN Y CRISTINA CARLSEN DE FRANCESCHI, han vivido separados de cuerpos por más de Un (1) año, sin producirse reconciliación y como estos son los supuestos legales previstos en el aparte único del artículo 185 del Código Civil, es procedente la conversión en divorcio de la Separación de Cuerpos solicitado, Y ASÍ SE DECIDE.-

Por las razones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley DECLARA: CON LUGAR la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y de Bienes de los cónyuges, JUAN DE DIOS FRANCESCHI BALAN Y CRISTINA CARLSEN DE FRANCESCHI, ambos ampliamente identificados y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que los une, contraído por ellos el matrimonio por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 06 de Mayo de 1977, acta Nº: 149.-






III
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los (10) día del mes de Noviembre del dos Mil Ocho (2008).- Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.-

LA JUEZ TITULAR,

DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.-

LA SECRETARIA TITULAR,

ABOG. LEOXELYS VENTURINI.-


En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las Dos de la Tarde (02:00 p.m.).-


LA SECRETARIA TITULAR,

ABOG. LEOXELYS VENTURINI.-


EXP Nº: 07-4182.-
AMCdeM/LV/M.Y.U.CH.-