REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
PARTE ACTORA: JOSE ALIRIO MORA VERGARA
PARTE DEMANDADA RAMON ELIAS MORA VERGARA y CARMEN
BESTALIA AREVALO
MOTIVO: PARTICION DE BIENES
EXPEDIENTE: Nº 7398
Maracay, 10 de Noviembre de 2008
195° Y 146°
Vistas y estudiadas las actuaciones que conforman el presente expediente, contentivo del juicio de PARTICION DE BIENES COMUNES intentado por el ciudadano, contra la RAMON ELIAS MORA VERGARA específicamente el contenido de la sentencia dictada en fecha 03 de Julio 2008 (folio 180 al 193), mediante se fijo el décimo día de despacho siguientes en que conste en autos la ultima notificación de las partes para efectuar la designación de partidor. este Tribunal por cuanto observa que se subvirtieron reglas de procedimientos, por cuanto las partes se dieron por notificadas conforme consta a los folios 196 y 197 , amén de que no se materializó el nombramiento del partidor,y siendo deber de los Jueces procurar la estabilidad de los juicios, de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento, y a los fines de resguardar el debido proceso, el derecho a la defensa y la igualad de las partes REPONE la causa al estado en que se notifiquen nuevamente las partes en el presente juicio conforme al fallo dictado en fecha 03-07-2008, y así dar cumplimiento al mismo. En consecuencia se declaran nulas de nulidad absoluta las actuaciones relativas a la notificación de las partes y que rielan desde el folio 196 y 197, notifíquese nuevamente a las partes mediante boletas de conformidad con el articulo 233 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ
ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO
ABG. ANTONIO HERNANDEZ
RCP/nury
Exp. 7398
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