REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 03 de noviembre 2008.
198° y 149°

Vista la diligencia que antecede estampada por el abogado Arnaldo Avendaño Pérez, inscrito en el inpreabogado bajo el número 34.733, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado.
En consecuencia, vencido como se encuentra el término de (5) días declarado en la sentencia de fecha 14 de octubre de 2008, inserta a los folios (37 al 40), sin que se verifique en autos que la parte actora haya subsanado las omisiones presentes en el libelo de demanda,