REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE







JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.


SOLICITANTE: LISBETH SANTOS VIEIRA DE FIGUEIRA
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO
EXPEDIENTE N°: 13.335.
Maracay, 03 de Noviembre de 2008.-
198° y 149°
Vista la anterior solicitud presentada por la Ciudadana LISBETH SANTOS VIEIRA DE FIGUEIRA, Venezolana, Mayor de Edad, Casada, Titular de la Cédula de Identidad N° 14.318.529, y de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado en Ejercicio JESÚS RÍOS MÚJICA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 103.637, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, quien solicitó por ante este Tribunal la Rectificación de su Acta de Nacimiento.-
La mencionada Acta corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio José Antonio Páez, Distrito Girardot del Estado Aragua, según Acta N° 1.155, Tomo “C”, de fecha 23 de Noviembre de 1977.- El error denunciado consiste que al asentar el acta de Nacimiento de la Ciudadana LISBETH SANTOS VIEIRA DE FIGUEIRA, se incurrió en el siguiente error material: De asentar incorrectamente su primer nombre pues siendo ella: “….LISBETH SANTOS….”, se asentó “….LISBETT SANTOS….”; para efecto probatorio la solicitante consignó:
1. Copia fotostática de su Acta de Nacimiento expedida por la Prefectura respectiva;
2. Copia Certificada expedida por el Registro Principal del Estado Aragua;
3. Copia fotostática de su cédula de identidad;
4. Copia fotostática de su pasaporte;
5. Copia fotostática de su RIF.
6. Copia fotostática del certificado de registro del vehiculo a su nombre;
7. Copias fotostáticas de las partidas de nacimiento de sus hijas;
8. Copia fotostática del documento de compra de una parcela de terreno y la casa sobre ella construida;
9. Copia fotostática de su acta de matrimonio.