REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

Maracay, 05 de Noviembre de 2008.-
198º y 149º
Recibido como ha sido el presente expediente, constante de una pieza de CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE (449) folios útiles con motivo de la recusación interpuesta por la ciudadana MARIA FERNANDA FEBLES CASTILLO, debidamente asistida por el abogado en ejercicio MARIO LUGO, inscrito en el inpreabogado, bajo el N° 13457 contra el Juez Primero de Primera Instancia en lo Civil, y Mercantil del Estado Aragua Abogado SAMIL EDREI LOPEZ CORREA, contentivo del juicio de INTERDICTO RESTUITUTORIO DE AMPARO, seguido por el ciudadano JOSE ISRAEL FLOREZ CARVAJAL, contra JUAN JESUS FEBLES DE LA GUARDIA, HILDA ZENAIDA CASTILLO DE FEBLES, MARIA FEBLES CASTILLO, FRANSCISCO FEBLES CASTILLO Y OTROS , y revisado como ha sido las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal observa que el inmueble objeto de esta querella se encuentra ubicado en la Carretera Nacional la Villa–Cagua, sin numero, al lado de Recría de la UCV, sector Santa Maria, Villa de Cura , Jurisdicción del Municipio Zamora del Estado Aragua, conforme se desprende del escrito libelar y que riela a los folios 1 al 2,