REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, DE PROTECCIÓN Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 28 de Noviembre del 2.008
198º y 149º

Solicitud N° 12.176
Solicitante Wilmer José Navarro Luzon
Motivo Rectificación de Partida de Nacimiento

Vista la anterior solicitud presentada personalmente por el ciudadanoFernanda Wilmer José Navarro Luzon, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: 3.934.601, asistido en este acto por el abogado Edgard José Calderón, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 123.437, y basado en las pruebas acompañadas, pide sea declarada la Rectificación Sumaria de su Partida de Nacimiento, la cual se encuentra debidamente inscrita en los Libros del Registro Principal del Estado Aragua, en Maracay, bajo el Nº: 167, Tomo Único, del año 1953, correspondiente al Municipio Las Tejerías del Estado Aragua, hoy Municipio Santos Michelena del Estado Aragua.-
Basada en las pruebas que acompaña, y por cuanto están llenos los extremos del Articulo 773 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal acuerda sumariamente lo solicitado, y en consecuencia la referida Partida de Nacimiento, queda rectificada así: donde dice “. . . WILFREDO JOSE. . . ”, debe decir “. . . WILMER JOSE . . .” .-
Ofíciese lo conducente a los funcionarios que señala el Articulo 502 del Código Civil y expídase copia certificada.-
La Jueza Provisoria


Abg. Eumelia Velásquez M. La Secretaria

Abg. Jheysa Alfonzo

EVM/JA/Zlma
Sol. N°: 12.176