En el día hábil de hoy miércoles, en la fecha arriba señalada, siendo las 9:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anunció el acto y comparecen los ciudadanos supra identificados. La ciudadana Juez declaró abierto el acto y explicó a las partes la importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energías y de recursos, evitando un proceso prolongado. En este estado ambas partes exponen: Que han decidido de mutuo acuerdo, dar por terminado el presente proceso judicial haciendo uso de los medios alternativos de solución de conflictos como es la mediación, donde la parte patronal ofrece en este acto la cantidad de OCHO MIL SEISCIENTOS (Bs.8.600,00) para ser entregado en forma fraccionada esto es la cantidad de Bs.5.000,00 el día 15 de diciembre del presente año, y el saldo de Bs. 3.600,00 el día 16 de enero 2009, ambos pagos mediante cheque a nombre de la trabajadora accionante ciudadana ELVARISLEIDA MEZA BARRIOS, a las 2:00 p.m por ante este tribunal; la trabajadora, ya identificada y su apoderada judicial manifiestan que acepta el monto ofertado y con dicho pago la parte demandada no queda nada que deberle por concepto de las prestaciones sociales establecidas en la Ley Orgánica del Trabajo y salarios caídos.
|