Vista la diligencia en fecha 31 de octubre de 2008, suscrita por la ciudadana NELLY PANTEZ, titular de la cédula de identidad Nº 6.962.117 debidamente asistida del profesional del derecho abogado VÍCTOR MANUEL SÁNCHEZ PEDRAZA, Inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 120.311, mediante la cual desiste de la demanda incoada; este JUZGADO QUINTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, por considerar que el desistimiento no es contrario a ninguna disposición expresa de la Ley y versa sobre derechos disponibles, señala lo siguiente: