REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 2
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA 2
Caracas, 24 de octubre de 2.008
198° y 149°
EXPEDIENTE Nº 2008-2628
JUEZ PONENTE: DRA. BELKYS ALIDA GARCÍA
La Abogada MIRIAM DAYSY VIELMA, en su condición de Juez del Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, se inhibió de conocer de la causa distinguida con el N° 8J-403-07 (nomenclatura de ese Tribunal), seguida en contra del ciudadano ERWIN HADDAD CORDERO, por manifestar que se encuentra incursa en la causal contenida en el numeral 8° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.
Con el objeto se sustentar la inhibición formulada, la ciudadana Juez Octava en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, invocó como medios de pruebas, lo que a continuación se transcriben:
Copia certificada del Acta N° 9, de fecha 21-10-2008, cursante en el Libro de Actas llevado por ese Juzgado.
Copia certificada del Acta levantada en fecha 22-10-2008, por Inspectoría General de Tribunales del Tribunal Supremo de Justicia.
Las declaraciones que puedan aportar las ciudadanas NORIS MÉNDEZ, ERIKA HERNÁNDEZ, YASIRA VARGUILLA (Asistentes adscritas a ese Juzgado) y la ciudadana SINAHIM PINO GONZÁLEZ (Secretaria del Tribunal).
En tal sentido, por considerarlas útiles y pertinentes a los fines del pronunciamiento de fondo de la inhibición planteada y en razón de que las mismas no son extemporáneas, esta Sala acuerda ADMITIRLAS y resolver dentro del lapso legal correspondiente; y en consecuencia se fija para el día martes 28 del mes y año que discurre, a las 11:00am, 11:30am, 12:00m y 12:30m, la evacuación de las declaraciones de las ciudadanas NORIS MÉNDEZ, ERIKA HERNÁNDEZ, YASIRA VARGUILLA (Asistentes adscritas a ese Juzgado) y la ciudadana SINAHIM PINO GONZÁLEZ (Secretaria del Tribunal) respectivamente, para lo cual tendrá la carga de lograr la efectiva comparecencia de las mismas en la oportunidad antes señalada. Y así se decide.
DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones de hecho y de derecho, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE las pruebas ofrecidas, y resolver dentro del lapso legal correspondiente; y en consecuencia se fija para el día martes 28 del mes y año que discurre, a las 11:00am, 11:30am, 12:00m y 12:30m, la evacuación de las declaraciones de las ciudadanas NORIS MÉNDEZ, ERIKA HERNÁNDEZ, YASIRA VARGUILLA (Asistentes adscritas a ese Juzgado) y la ciudadana SINAHIM PINO GONZÁLEZ (Secretaria del Tribunal) respectivamente, para lo cual tendrá la carga de lograr la efectiva comparecencia de las mismas en la oportunidad antes señalada.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Así mismo, líbrese Boleta de Notificación a la ciudadana Juez Octava de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal.
EL JUEZ PRESIDENTE
DR. OSWALDO REYES CAMACHO
LA JUEZ LA JUEZ
DRA. BELKYS ALIDA GARCÍA DRA. ELSA J. GÓMEZ MORENO
(Ponente)
EL SECRETARIO
ABG. LUIS ANATO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
ABG. LUIS ANATO
Exp. 2008-2628
ORC/BAG/EJGM/LA/rch