REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 17 de Octubre de 2008
198° y 149°
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2008-220
DEMANDANTE: ISIDRO LEZAMA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ABOGDA. OMAIRA URRETA Y OTROS
PARTE DEMANDADA: AKERE ENERGY, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ABGDA. CARMEN LOZADA
MOTIVO: ACCIDENTE LABORAL, DAÑO MORAL Y DAÑO MATERIAL
En el día hábil de hoy viernes diecisiete (17) de Octubre de 2008, siendo las 2:15 PM., habilitando el tiempo útil, comparecen por ante este tribunal, en el Juicio, que por Accidente Laboral, Daño Moral y Daño Material, le tiene incoado el ciudadano: ISIDRO LEZAMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.13.093.286, parte actora y presente en este acto, las abogadas en ejercicio, OMAIRA URRETA Y NUBIA RAMOS, debidamente inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 68.924 y 99.937, en su condición de apoderadas judiciales de la parte actora, y a su vez, CARMEN LOZADA SOLORZANO, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 86.984, en su condición de apoderada judicial de la empresa demandada. Dando así inicio a la audiencia; En este estado la apoderada judicial de la empresa demandada, ofrece pagar al trabajador la cantidad de VEINTITRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA Y SEIS (Bs. F= 23.653,96), como pago de todos los conceptos explanados en sentencia dictada por este Tribunal, en fecha 17 de Abril de 2008, cuales se dan aquí por reproducidos, a los fines de ponerle fin a la presente demanda, para lo cual hace entrega, en este mismo acto, de la descrita cantidad con cheque No. 17168301, de fecha 15 de Octubre de 2008, girado contra el Banco Banesco, a nombre del trabajador ciudadano ISIDRO LEZAMA, parte demandante en la presente causa, ya identificado, cuyo monto es la cantidad pendiente por ejecutar, luego de descontar la cantidad de CATORCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (BS. F. 14.334,45), embargados ejecutivamente por este Tribunal, en traslados efectuado en fecha 10 de Julio de 2008, tal como consta en Acta inserta en el folio No. 64 al 67 del presente expediente. Todo lo cual esta aceptado conforme por el demandante y sus apoderadas judiciales, en este mismo acto. Este Tribunal visto la aceptación conforme por parte del demandante y sus apoderadas judiciales, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera Derechos Irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de COSA JUZGADA, y ordenará el archivo del expediente, una vez transcurridos tres días hábiles, a partir de la presente fecha. Cúmplase.-
Siendo las 2:45 PM. Se dio por terminado el presente acto
EL JUEZ TEMPORAL,
LASPARTES COMPARECIENTES,
Abg. RAMÓN VELÁSQUEZ.-
LA SECRETARIA
EXP: NP11-L-2008-220
RV/rv
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