REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
ASUNTO: AP21-L-2008-002229
En el juicio que por prestaciones sociales siguen los ciudadanos DEANNEY DE JESÚS RODRÍGUEZ, DOUGLAS E. EREIRA M., CARLOS A. JIMÉNEZ C., KELVYS J. FERMÍN, GREGORIO A. AGUILERA y LUIS J. VALLERA, titulares de las cédulas de identidad núms. 14.634.393, 14.987.640, 10.554.474, 19.157.862, 16.626.061 y 18.513.643, representados por su apoderado judicial, abogado Luis E. Azocar A., contra la sociedad mercantil «AMECA AMERICAN ENERGY, C.A.», debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda en fecha 26 de mayo de 2004, bajo el n° 28, tomo 82-A-Primero, cuyos apoderados son los abogados: Luis López N., José L. Figueira y Manuel A. Rodríguez, este Juzgado observa lo siguiente:
La representación judicial de la accionada y el codemandante Deanney de Jesús Rodríguez, presentaron escrito transaccional celebrado entre éstos y en razón que actuaron conforme a las facultades que le fueron conferidas por su mandante y el otro asistido por profesional del Derecho (folios 86, 87 y 168-170 inclusive) el Tribunal imparte su aprobación y homologa este medio de autocomposición procesal en los términos expuestos, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 3° de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y 1.713 del Código Civil. Por último, esta homologación surte efectos con relación al ciudadano Deanney de Jesús Rodríguez y la sociedad mercantil «Ameca American Energy, c.a.». Así se resuelve.-
DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) HOMOLOGADA la transacción celebrada con respecto al codemandante DEANNEY DE JESÚS RODRÍGUEZ, en la demanda interpuesta por los ciudadanos DEANNEY DE JESÚS RODRÍGUEZ, DOUGLAS E. EREIRA M., CARLOS A. JIMÉNEZ C., KELVYS J. FERMÍN, GREGORIO A. AGUILERA y LUIS J. VALLERA, contra la sociedad mercantil «AMECA AMERICAN ENERGY, C.A.», ambas partes debidamente identificadas en los autos.
2°) No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.
3°) Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión comenzará a correr a partir del día de hoy, exclusive.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, el siete (07) de octubre de dos mil ocho (2008). Año 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
El Juez,
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CARLOS J. PINO ÁVILA.
La Secretaria,
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ANABELLA FERNÁNDES.
En la misma fecha, siendo las doce del medio día (12:00 pm.), se consignó y publicó la anterior decisión.
La Secretaria,
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ANABELLA FERNÁNDES
Asunto AP21.L-2008-002229
1 pieza.
CJPA/Ifill.-
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