REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, tres (03) de octubre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP21-S-2008-000777
Visto el escrito de transacción suscrito y presentado en fecha 30 de septiembre de 2008, por el ciudadano DAISON BLANCO, parte oferida debidamente asistido por el abogado FREDDY GARCIA, y la abogada VICTOR LUCENA, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente SIN BANDERA, C.A, mediante el cual consigna escrito transaccional y solicitan la homologación del mismo, este Tribunal una vez revisado los términos del escrito se evidencia que el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en atención a lo dispuesto en el artículo 3 de la LEY ORGANICA DEL TRABAJO, en consecuencia HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, se da por concluido el proceso y ordena el archivo del expediente. ARCHIVESE.
El Juez
Abg. Alcy Salazar
La Secretaria
Abg. Vanessa Veloz López
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