REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal N° 10.
Caracas, trece (13) de Octubre de 2008.
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-014680


Vista la aceptación al cargo de Curador Ad-hoc hecha por la ciudadana ROSSY COROMOTO AMOROS GARCIA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.534.770, esta Juez Unipersonal Nº 10 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda en uso de sus facultades legales y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona de la ciudadana ROSSY COROMOTO AMOROS GARCIA, antes identificada, el Cargo de CURADOR AD-HOC, del adolescente (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protecciónj del niño y Adolescente), hijo de la solicitante, ciudadana PATRICIA ROSE MENDEZ MENDEZ, titular de la cédula de Identidad N° 16.007.222. Expídase por Secretaría copias certificadas de la presente decisión con inserción del acta que antecede y del escrito de solicitud, y remítanse anexos a oficio al Coordinador de la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial, para que sean entregados a la parte interesada, una vez se aporten los fotostatos respectivos. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,

Abg. MAIRIM RUIZ RAMOS.

EL SECRETARIO,


Abg. IVAN CEDEÑO.
AP51-S-2008-014680
Luis Serrano.