REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 12 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 13 de octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: AP51-V-2005-010247.


Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, este Tribunal en vista de la comunicación emanada de la Licenciada Sharon Lizcano de Castro, Trabajadora Social de la Asociación Benefactora de Ayuda al Niño sin Asistencia “Mi Refugio”, en la cual solicitó que el niño, de seis (6) años de edad, fuese ingresado a la Entidad de Atención Aldeas Infantiles S.O.S, acuerda la derivación del mencionado niño de la Entidad de Atención “Mi Refugio”, a la Entidad de Atención “Aldeas Infantiles S.O.S”, institución ésta al cual se ordena su ingreso. Asimismo, se acuerda oficiar a la Directora de la Asociación Benefactora de Ayuda al Niño sin Asistencia “Mi Refugio”, y al Director de la Entidad de Atención “Aldeas Infantiles S.O.S”, a los fines de comunicarles la presente decisión. En tal sentido, la Entidad de Atención “Aldeas Infantiles S.O.S”, ejercerá la Responsabilidad de Crianza del niño, en los términos establecidos en el artículo 358 ejusdem. Así se decide. Líbrense oficios.
LA JUEZ,

SARA GUARDIA SOTO. LA SECRETARIA,

ADRIANA MIRELES.