REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL Nº 12
Caracas, dieciséis (16) de octubre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO : AP51-V-2007-008574
Examinadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, observándose de las mismas que han transcurrido más de seis (06) meses a partir de la fecha en que fue decretada la Medida de Colocación en Entidad de Atención por este Órgano Jurisdiccional a favor de la adolescente y la niña, en la Casa Hogar de Ana, de conformidad con lo previsto en el articulo 126 literal “i”, de la Ley Orgánica para la Protección al Niño y del Adolescente; cumpliendo con el dispositivo legal previsto en el artículo 131 de la Ley in comento, que ordena la revisión por lo menos cada seis (06) meses de las medidas de protección dictadas; se procedió a la revisión de las actas que conforman el presente asunto. En consecuencia, se acuerda Ratificar la Medida de Colocación en Entidad de Atención, de la adolescente y la niña en la Casa Hogar de Ana. Se ordena librar oficio a la Directora de dicha entidad, a los fines de informarle respecto a lo acordado en la presente resolución y remita a esta Sala de Juicio los últimos informes evolutivos de la adolescente y la niña antes prenombradas. Líbrese oficio. Cúmplase.-
La Juez

La Secretaria
Sara Guardia Soto

Adriana Mireles

SGS/AM/ms