REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal XIII
Caracas, 13 de octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-013847
Vista las anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada por ante este Tribunal por los ciudadanos HUGO RODRIGUEZ, MARIA WITERMINA ALVIAREZ DE RODRIGUEZ, YESSICA YASMIN MEZA TORTOZA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de Identidad Nº V.-4.074.074, 5.528.512 y 18.110.050, debidamente asistidos por el abogado ADARAS CASTELLANOS, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 128.842, quienes actuando en nombre y en representación de nieto de los posprimeros e hijo de la tercera, el niño SE OMITE LA IDENTIFICACION, hijo del ciudadano MOISES RODRIGUEZ ALVIAREZ, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nº V.-17.489.113, fallecido en fecha (06) de Octubre de 2008. En consecuencia, este Despacho Judicial a cargo de la Jueza Unipersonal N° XIII del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del ciudadano MOISES RODRIGUEZ ALVIARE, antes identificado a su hijo SE OMITE LA IDENTIFICACION, beneficiario del de ciudadano MOISES RODRIGUEZ ALVIAREZ. Cumplidas las presente actuaciones se ordena librar oficio a la Oficina de Atención al Público (O.A.P) para devolver original con sus resultas a la parte solicitante y copias certificadas, una vez que la parte interesada haya consignado los fotostatos correspondientes.
LA JUEZ


Abg. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN
La Secretaria


Abg. Sally Guerrero



JQA/DF