REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio. Juez Unipersonal N° 14.
Caracas, 13 de Octubre de 2008.
198º y 149º

Asunto: AP51-V-2007-012692
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente y vencido como se encuentra el lapso que establece la Ley sobre las Medidas de Protección, esta Sala de Juicio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta Medida de Colocación Familiar Provisional, en el hogar de la ciudadana MONICA YSABEL ACUÑA, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 13.534.101, a favor del niño (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de ocho (08) años de edad, de conformidad con lo establecido en los artículos 126 literal “i” y 396 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Asimismo, se acuerda librar Boleta de Notificación a la ciudadana MONICA YSABEL ACUÑA, antes identificada, a la madre del niño GLORIA ELENA URBAEZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.168.458 y al ciudadano JOHANNY ANTONIO ACUÑA, titular de la cédula de identidad N° 12.111.251, a fin de informarle sobre la medida dictada por esta Sala de Juicio, igualmente solicitarle que comparezca por ante esta Sala de Juicio a fin de que sostengan una reunión con la ciudadana Juez. Líbrese Boletas.- Cúmplase.-
LA JUEZ,

ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
EL SECRETARIO,

ABG. CARLOS FONSECA.


YLV/CF/Carol.-
Colocación Familiar