REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio XIV
Caracas, 7 de Octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-014531

Vista la anterior solicitud, la justificación promovida y evacuada al efecto en la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos presentada por la ciudadana AIDA JOSEFINA SÁNCHEZ DE REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 4.682.664, actuando en nombre y representación de su hija, la niña (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de tres (3) años de edad, debidamente asistida por la Abogada ROSALBA ROJAS, adscrita a la Unidad de protección al Niño y a al Familia de la Sindicatura Municipal del Municipio Libertador, Distrito Capital e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 59.086, quien solicita sea declarada como Única y Universal Heredera del De Cujus DARWIN ANTONIO SEQUERA TORREALBA, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad No. V- 17.078.935, fallecido en fecha 17 de junio de 2007. En consecuencia, esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio N° XIV del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a AIDA JOSEFINA SÁNCHEZ DE REYES, CARLOS EDUARDO, PEDRO ALEJANDRO, JUAN CARLOS, FRANKLIN ANTONIO y a la niña (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). Cumplidas las presente actuaciones, se ordena devolver todo documento original con sus resultas a la parte solicitante, una vez sean consignados los fotostatos necesarios. Cúmplase.-
LA JUEZA,


ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
EL SECRETARIO,


ABG. CARLOS ANDRES FONSECA

YLV/LM/
D.U.U.H