Republica Bolivariana de Venezuela
EN SU NOMBRE:
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

PARTE ACTORA: Banco Exterior, C.A., Banco Universal, sociedad mercantil de este domicilio, constituida según documento inscrito por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 21 de enero de 1956, bajo el Nº 5, Tomo 7-A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Franklin González Alfonzo, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 15.440.

PARTE DEMANDADA: Rubén Jesús Pirela Torres, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.681.951.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Raúl Trujillo Rojas, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 21.798.

MOTIVO: Desistimiento.

Expediente: 05-0339.-

Visto el desistimiento suscrito en fecha veintiuno (21) de julio de dos mil ocho (2008), por el ciudadano Franklin González Alfonzo, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 15.440, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, este Tribunal a los fines de resolver observa:
Con vista a lo establecido por la Sala de Casación Civil, se procedió a efectuar una revisión minuciosa de los instrumentos cursantes a los autos, se evidencia de la diligencia de fecha veintiuno (21) de julio del corriente año que el ciudadano Franklin González Alfonzo, desiste del procedimiento de una forma pura y simple, sin condicionarlo en forma alguna y, así expresamente se declara.
En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil y cumplidos como se encuentran los extremos legales contenidos en los artículos 264 y siguientes del mismo cuerpo legal; este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DA POR CONSUMADO el desistimiento anterior y, por consiguiente, se da por terminado el juicio, debiéndose considerar la presente providencia como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.

Regístrese y Publíquese.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, Trece (13) de Octubre de dos mil Ocho (2.008). Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
El Juez Titular,



Dr. Carlos Spartalian Duarte La Secretaria,

Abg. Lisbeth Rodríguez González






En la misma fecha, se libró copia certificada de la providencia anterior y se dejó en el Departamento de Archivo del Juzgado, por aplicación analógica del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria,

Abg. Lisbeth Rodríguez González


CSD/LR/Helen
Exp. Nº 05-0339.-